Tanto el SEPE como los organismos de contratación de las CCAA pueden concluir convenios de colaboración con los empresarios para facilitar la posibilidad de intermediación laboral a los servicios públicos de empleo. Sin embargo, se excluyen expresamente de estos acuerdos marco las actuaciones dirigidas a la selección de personal laboral temporal de las AAPP, reservando exclusivamente la competencia a los servicios públicos de empleo.
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