Tributación de la cantidad percibida en concepto de arras penitenciales (RF 24/20 09 de Junio de 2020 al 15 de Junio de 2020)
Cuando la transmisión no llega a efectuarse por causa imputable al comprador, las cantidades percibidas por el vendedor en concepto de arras constituyen una ganancia patrimonial a incluir en la base imponible general, en el período impositivo en que este pueda proceder a su ejecución, en los términos del contrato.