Responsabilidad de administradores por deudas sociales
El Tribunal Supremo declara responsable de las deudas sociales al administrador único de una sociedad contratista que, habiendo sufrido pérdidas desde el 2001 que dejaban sus fondos propios negativos desde entonces, resuelve un contrato de obra por quiebra voluntaria (hoy, concurso voluntario) en abril de 2003, con abandono de la obra en la que trabajaba.