Segundo tiro en los procedimientos de gestión (RF 41/23 10 de Octubre de 2023 al 16 de Octubre de 2023)

Cuando su potestad no haya prescrito, la Administración puede reiterar con una nueva liquidación la primera que fue anulada por razones sustantivas, siempre que para ello no complete lo actuado ni lleve a cabo nuevas comprobaciones o requerimientos para integrar sus actuaciones -se trata de una ejecución-. El incumplimiento de esta limitación conlleva, según la Audiencia Nacional, la anulación de la nueva liquidación.

Aproximación a un estudio de la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de seguridad social

Artículo publicado en Actum Social nº 57. Noviembre 2011 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICECAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DE LA LEY1.Relevancia de la Ley.2.Los motivos de la Ley. 2.1.Motivo principal. 2.2.Motivo complementario. 2.3.Motivo adicional.3.Cronología de la […]

Sentencias sociales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Marzo-septiembre 2011

Artículo publicado en Actum Social nº 56. Octubre 2011 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Madrid José María Miranda Boto Profesor Contratado Doctor de Derecho del Trabajo y […]