Consecuencias por la injustificada negativa de la empresa al disfrute por el delegado sindical del crédito horario
Si el sindicato opta por organizar la sección sindical a nivel de empresa, la determinación del número de horas sindicales del delegado sindical de dicho sindicato debe hacerse en relación a la empresa en su conjunto y no respecto de cada uno de los centros de trabajo, considerándose que la negativa de la empresa al reconocimiento del crédito horario supone una vulneración del ejercicio del derecho de libertad sindical, que debe ser suficientemente resarcido por los daños y perjuicios derivados de esa actuación empresarial.