Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda (RF 27/21 06 de Julio de 2021 al 12 de Julio de 2021)

Con efectos a partir de 11-7-2021, en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, la reducción solo se aplica sobre los rendimientos netos positivos que hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada antes de que se haya iniciado un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que incluya en su objeto la comprobación de tales rendimientos.