Prohibición de despedir si el despido deriva de una causa estructural (RS 26/22 28 de Junio de 2022 al 04 de Julio de 2022)
No concurre la prohibición de despedir si la causa del despido colectivo no tiene por causa directa la pérdida de actividad por el COVID-19 y se fundamenta en una causa estructural y no conyuntural como es la rescisión del contrato de prestación de servicios del cliente principal.