En determinadas circunstancias, la Administración debe realizar actuaciones tendentes al aseguramiento de la efectiva recepción de la notificación electrónica, aunque el sujeto pasivo esté obligado a este medio de notificación.
El inicio del cómputo del plazo de prescripción del derecho de la AEAT para recaudar el importe de la reducción por pronto pago improcedente es el día de interposición de la reclamación económica-administrativa frente al acuerdo sancionador.
El precinto de una caja de seguridad en una entidad bancaria no afecta al domicilio constitucionalmente protegido y, en relación con el derecho a la intimidad, se debe distinguir entre las personas físicas -titulares del mismo- y las personas jurídicas -que no disponen de tal derecho-.
Con efectos desde el 4-7-2024 y aplicable desde ejercicio 2024, se aprueba el nuevo modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica a presentar por las compañías comercializadoras de los suministros de energía eléctrica. Este nuevo modelo, que deroga al aprobado por la OM EHA/2041/2009, incluye la obligación de indicar si el titular es beneficiario del bono social de electricidad o si está acogido a alguna modalidad de autoconsumo de energía eléctrica.
Desde el 10-7-2027, la Dir (UE) 2015/849 se sustituirá por la Dir (UE) 2024/1640 y el Rgto (UE) 2024/1640, para establecer normas detalladas en relación con los procedimientos que deben seguir las entidades obligadas.
La declaración de responsabilidad subsidiaria no exige agotar previamente todas las posibilidades de declaración de responsabilidad solidaria.
Si el inmueble objeto de comprobación de valores se encuentra arrendado, la Administración debe solicitar autorización al arrendatario para acceder al mismo y, únicamente si este se niega, queda exonerada de realizar la visita.
La AET ofrece un nuevo servicio en la sede electrónica de la AEAT que afecta a los procedimientos de sanciones tributarias y en los de recargos e intereses de demora por presentación de autoliquidaciones fuera de plazo.
Con efectos desde el 30-5-2024, la AEAT establece el procedimiento que permite a sus órganos de recaudación llevar a cabo, telemáticamente y mediante el uso de procesos tecnológicos, las actuaciones de embargo de créditos derivados del cobro mediante TPV.
Con efectos desde el 18-8-2024, con el objeto de culminar la liberalización del mercado postal establecida en la Ley del servicio postal universal (
L 43/2010
) y establecer las normas que garantizan los derechos de los usuarios que deben respetar todos los operadores postales, con carácter general se deroga el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales (
RD 1829/1999
), entre cuyas disposiciones se encuentran las previsiones relativas a la presentación de documentos en la oficina de correos que, en adelante, pasan a desarrollarse en el
RD 437/2024 art.28 y 29
.