Aspectos a considerar en la declaración de fallido del deudor principal previa a la derivación de responsabilidad (RF 40/24 01 de Octubre de 2024 al 07 de Octubre de 2024)

La declaración de fallido del deudor principal es meramente formal cuando presente un déficit de motivación o de razonamientos, en relación con la ausencia o insuficiencia de patrimonio del obligado principal para hacer frente a la deuda tributaria, de tal magnitud que prive a dicha declaración de todo contenido material, equiparándola a su inexistencia.

Ajuste de la sanción debido a la rectificación de la propuesta de liquidación (RF 40/24 01 de Octubre de 2024 al 07 de Octubre de 2024)

Tras la rectificación de la propuesta de liquidación inicial, es necesaria una nueva propuesta de sanción rectificada, teniendo que ser concedido un nuevo trámite de alegaciones.

Lugar de notificación cuando el obligado actúa por medio de representante acreditado (RF 39/24 24 de Septiembre de 2024 al 30 de Septiembre de 2024)

La Administración se encuentra obligada, por Ley, a practicar las notificaciones en el domicilio del representante acreditado, sin que sea posible realizarlas directamente en el domicilio del obligado tributario.

Segunda solicitud de rectificación tras desestimación de la primera por el TEAR (RF 38/24 17 de Septiembre de 2024 al 23 de Septiembre de 2024)

La resolución económico-administrativa firme, que confirma la desestimación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación por la Oficina gestora, no constituye una liquidación practicada por esta, por lo que se debe admitir a trámite la segunda solicitud de rectificación si se basa en argumentos, datos o circunstancias sobrevenidas, relevantes para la devolución instada.

Motivación de la culpabilidad en las sanciones (RF 37/24 10 de Septiembre de 2024 al 16 de Septiembre de 2024)

La Administración no puede fundamentar la culpabilidad del contribuyente en el hecho de que sea abogado y profesor de Derecho Tributario.

Nueva regulación de la Comisión Superior de Hacienda de Castilla-La Mancha (RF 37/24 10 de Septiembre de 2024 al 16 de Septiembre de 2024)

Con fecha 30-9-2024, entra en vigor la nueva regulación de la Comisión Superior de Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se deroga el D Castilla-La Mancha 112/1998.

Interrogatorio de personal durante la entrada y registro del domicilio de la entidad (RF 36/24 03 de Septiembre de 2024 al 09 de Septiembre de 2024)

El interrogatorio de los directivos y empleados de una empresa en las dependencias de la misma, sin preaviso y durante un registro domiciliario judicialmente autorizado no vulnera la Const art.18, pero sí la Const art.24 atendiendo a las circunstancias concurrentes al caso.

Actos presuntos y sus efectos sobre la interrupción del plazo de prescripción (RF 35/24 27 de Agosto de 2024 al 02 de Septiembre de 2024)

Los actos susceptibles de interrumpir la prescripción de la acción para exigir el pago de la deuda tributaria se contienen en la LGT art. 68.2 y entre ellos no tiene cabida la ficción de una desestimación presunta cuyo alcance es, exclusivamente, permitir al contribuyente impugnar la resolución presunta denegatoria.

Respuesta discrecional de la Administración ante una solicitud de ampliación de plazos (RF 31/24 30 de Julio de 2024 al 05 de Agosto de 2024)

De los principios que informan la ordenación y aplicación del sistema tributario y el de buena administración se desprende que la denegación de la ampliación del plazo de alegaciones exige una motivación suficiente que valore la petición atendiendo a las circunstancias concurrentes, por lo que no es discrecional de la Administración.

Efectos de la vulneración del principio de buena administración (RF 30/24 23 de Julio de 2024 al 29 de Julio de 2024)

El TS concluye que el desfase temporal -de 3 meses- entre la notificación del acuerdo del TEAC al interesado y a la AEAT, sin justificación, vulnera el principio de buena administración, por lo que procede reparar los derechos vulnerados y los perjuicios sufridos por el contribuyente, considerando la dilación como imputable a la Administración.