Efectos de la vulneración del principio de buena administración (RF 30/24 23 de Julio de 2024 al 29 de Julio de 2024)

El TS concluye que el desfase temporal -de 3 meses- entre la notificación del acuerdo del TEAC al interesado y a la AEAT, sin justificación, vulnera el principio de buena administración, por lo que procede reparar los derechos vulnerados y los perjuicios sufridos por el contribuyente, considerando la dilación como imputable a la Administración.

Prueba de la concurrencia de simulación y determinación del importe de la sanción (RF 30/24 23 de Julio de 2024 al 29 de Julio de 2024)

Cuando queda probada suficientemente la existencia de simulación, además de quedar probada la existencia del elemento subjetivo, se excluye cualquier tipo de eximente de responsabilidad.