Imputación fiscal a los partícipes de las contribuciones empresariales a los sistemas de previsión social
Desde el 1-1-2013, la imputación fiscal de primas de los contratos de seguro colectivos que instrumentan compromisos por pensiones será obligatoria por el importe que exceda de 100.000 euros anuales por contribuyente y respecto del mismo empresario, salvo en los seguros colectivos contratados a consecuencia de despidos colectivos.