Incremento de la pensión de orfandad en caso de separación o divorcio sin pensión compensatoria
El beneficiario de la pensión de orfandad no tiene derecho al incremento correspondiente a la pensión de viudedad en el supuesto de que el progenitor supérstite, separado del causante en el momento del fallecimiento de éste, no tuviera reconocida pensión compensatoria ni, por consiguiente, pensión de viudedad, ya que dicha situación no se asimilada a orfandad absoluta.