Presentación de autoliquidaciones en Castilla- La Mancha (RF 16/22 19 de Abril de 2022 al 25 de Abril de 2022)
Se establece la obligatoriedad de presentación telemática de las autoliquidaciones por este impuesto en el territorio de esta CA.
Se establece la obligatoriedad de presentación telemática de las autoliquidaciones por este impuesto en el territorio de esta CA.
Con efectos desde el 1-7-2021, se aprueba la presente Orden que regula la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias así como la remisión de copias electrónicas de los documentos notariales y otras obligaciones de información tributaria. Queda derogada la
Orden Castilla- La Mancha 16-4-2015EDL 2015/47625
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Se amplían los plazos para la presentación y pago de las autoliquidaciones en el territorio de esta comunidad autónoma.
Se determinan los medios de comprobación aplicables en el territorio de esta CA en cuanto a la determinación del valor de este tipo de inmuebles a efectos del ITP y AJD e ISD.
A partir del 1-1-2014, esta Comunidad aprueba una nueva reducción por discapacidad.
Con efectos desde el 1-1-2014 se recogen nuevas deducciones y bonificaciones en la cuota aplicables en las diferentes modalidades del impuesto. A estos efectos, resultan destacables la bonificación aplicable en la modalidad TPO para la constitución y ejecución de una opción de compra en determinadas operaciones de dación en pago; las nuevas deducciones aplicables a la modalidad AJD en lo que afecta a la adquisición de locales de negocio y novaciones modificativas de créditos hipotecarios; y la bonificación de carácter temporal aplicable en determinados supuestos de declaración de obra nueva.
El sistema de pago por medios electrónicos se extiende a nuevas liquidaciones y documentos de pagos en esta Comunidad Autónoma.
Se regulan las condiciones y procedimiento para el pago, por medios electrónicos, de liquidaciones, autoliquidaciones y demás documentos de carácter recaudatorio.
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