Política empresarial de despedir a quien está a menudo en IT y derecho fundamental a la integridad física (RS 41/21 12 de Octubre de 2021 al 18 de Octubre de 2021)
Se declara nulo el despido de una trabajadora enferma cuando queda acreditado que existe una política empresarial de despedir a trabajadores con numerosas bajas desincentivando que hagan uso de su derecho fundamental a proteger su integridad física acogiéndose a las necesarias bajas médicas, ante el riesgo de ser despedidas. En el caso concreto no se acredita que se haya usado esta política previamente. La vulneración de un derecho fundamental obliga a fijar el reconocimiento de una indemnización por daños y perjuicios, admitiéndose la solicitada en demanda y que no fue cuestionada por la empresa.