Autoliquidación del IVA en Bizkaia (RF 25/22 21 de Junio de 2022 al 27 de Junio de 2022)
Se establece la presentación mediante formulario web en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
Se establece la presentación mediante formulario web en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia del modelo 303 de autoliquidación del IVA.
Se aprueban en Bizkaia los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para 2021.
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para el período impositivo 2021.
Se modifica la fecha de presentación del modelo 369, de autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes, pasando a ser durante los 25 días del mes natural siguiente a la finalización del periodo al que se refiera la autoliquidación.
Se regulan las especialidades en el cumplimiento del SII para contribuyentes sujetos a la obligación TicketBAI y otras formas especiales de envío de los ficheros TicketBAI en determinados supuestos excepcionales.
Para adaptarse a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga hasta el 30-6-2022 la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.
Se aprueba el modelo 653 de autoliquidación de extinción del usufructo del ISD y su presentación por medios electrónicos por notarios.
Para adaptar la normativa foral a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga la aplicación del tipo reducido del IVA al suministro eléctrico.
Para adaptarse a lo dispuesto en territorio común por el RDL 6/2022, que adopta medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, se prorroga hasta el 30-6-2022 la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.
Se prorroga hasta el 30-6-2022 la reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la electricidad del 5,11269632% al 0,5%.
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