Nulidad de las liquidaciones del IIVTNU firmes en las transmisiones en las que no existe incremento del valor (RF 10/24 05 de Marzo de 2024 al 11 de Marzo de 2024)
Las liquidaciones tributaras firmes por el IIVTNU que hayan gravado transmisiones en las que no haya existido incremento del valor del suelo son nulas, y pueden ser objeto de revisión de oficio a través del procedimiento previsto en la LGT art.217.