Novedades en la modificación de la base imponible del IGIC (RF 13/24 26 de Marzo de 2024 al 01 de Abril de 2024)

Con efectos desde el 1-1-2024, se introducen modificaciones en relación con las normas a las que debe ajustarse la modificación de la base imponible del IGIC. Se autoriza a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria a establecer un formulario de comunicación por vía electrónica, y en el supuesto de créditos incobrables, se añade la posibilidad de que se utilice cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro al deudor.