Notas definitorias de la existencia de una relación laboral en el caso de los riders (RS 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)
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Se reconoce la existencia de relación laboral entre la empresa de reparto y los riders -repartidores- al concurrir todos los requisitos que caracterizan el contrato de trabajo.