Normativa aplicable cuando el causante de la herencia es un no residente (RF 29/24 16 de Julio de 2024 al 22 de Julio de 2024)
En los supuestos en los que el causante de la herencia es un no residente, la aplicación por los contribuyentes de la normativa propia de la Comunidad Autónoma en donde se encuentre el mayor valor de los bienes y derechos del caudal relicto situados en España (LISD disp.adic.2ª), constituye un verdadero derecho ejercitable sin las limitaciones establecidas para las opciones tributarias en la LGT art.119.3