Incidencia en el IIVTNU de la transmisión de la parte ganancial de la sociedad de gananciales (RF 04/23 24 de Enero de 2023 al 30 de Enero de 2023)
La transmisión por el contribuyente de la cuota o parte ganancial de la sociedad de gananciales, con reserva del usufructo, no está sujeta al IIVTNU si lo que se vende es su participación en la sociedad entendida como una globalidad o cuota abstracta. Si lo que vende es un porcentaje en la participación de cada uno de los bienes gananciales, sí se produce el devengo del IIVTNU cuando alguno de estos bienes es un inmueble de naturaleza urbana.