Con efectos a partir de 1-1-2026, se modifican las obligaciones de información acerca de cuentas en entidades de crédito; de préstamos y créditos, y de movimientos de efectivo; y de cobros efectuados mediante tarjetas. Asimismo, se establece una nueva obligación de informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas.
Con efectos desde 1-1-2025, se prorroga un año más la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga, resultando aplicable a las adquisiciones, cantidades entregadas a cuenta o instalaciones efectuadas durante el año 2025.
La L Extremadura 1/2025 recoge en los mismos términos a los del DL Extremadura 1/2025, las deducciones aplicables en materia de arrendamiento de vivienda, de apoyo de determinadas actividades culturales, artísticas y deportivas y de traslado de la residencia habitual a Extremadura, así como otras que afectan a la enfermedad de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).