La exención prevista para los pequeños envíos sin carácter comercial es aplicable con independencia de si el E.m. de residencia del destinatario y el E.m. de entrada de la mercancía son diferentes.
La naturaleza societaria de la entidad supone que, salvo prueba en contrario, esta tiene la condición de empresario o profesional y sus actividades se realizan en ejercicio de una actividad económica. Por tanto, la remuneración por su cargo de administrador va a estar sujeto al impuesto.
Cuando en unas actuaciones cuyo alcance comprenda el impuesto directo (IRPF o IS) y el IVA, la Administración tributaria acredite la existencia de operaciones ocultas (no declaradas) sin mención al IVA, la calificación de si los importes incluyen o no dicho impuesto debe ser la misma para todas las operaciones homogéneas o similares, incluso aunque el derecho a liquidar el IVA esté prescrito en algunos periodos.