Tributación a efectos de IVA de la adjudicación en subasta de un inmueble
La DGT enumera cómo se debe actuar ante la adjudicación en subasta de un inmueble consecuencia de una ejecución.
La DGT enumera cómo se debe actuar ante la adjudicación en subasta de un inmueble consecuencia de una ejecución.
La prestación de un servicio complejo de almacenamiento únicamente puede estar comprendida en el ámbito de aplicación de los servicios relativos a inmuebles, si el almacenamiento constituye la prestación principal de una operación única y si se concede a los beneficiarios de esta prestación un derecho de uso de la totalidad o una parte de un bien inmueble expresamente determinado.
La no justificación de haber expedido una factura rectificativa que, entregada al adquirente, pudiera obligarle a devolver al Tesoro Público las cuotas indebidamente deducidas, hace que la entidad conserve su condición de deudor del IVA por cuotas indebidamente repercutidas.
Las cuotas soportadas por el coste de los servicios de mantenimiento de locales vacíos son deducibles siempre que pueda acreditarse que este inmovilizado está destinado al desarrollo de una actividad sujeta y no exenta del Impuesto (arrendamiento) aun cuando, a posteriori, no sea posible dicha utilización por circunstancias ajenas al empresario.
Cuando existan varios contratistas principales, la ejecución de obra llevada a cabo en su conjunto por todos ellos ha de tener esta consideración, sin que sea preciso que cada una de las ejecuciones de obra de cada contratista sea aisladamente consideradas como de urbanización, construcción o rehabilitación.
Criterio administrativo en relación con la inversión del sujeto pasivo en las entregas de bienes inmuebles.
La DGT expone los criterios para la aplicación de la inversión del sujeto pasivo en las operaciones de ejecuciones de obra inmobiliaria.
Criterios de la DGT en relación con la inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra y en las cesiones de personal para su realización.
Criterios de la DGT en relación con la inversión del sujeto pasivo en las ejecuciones de obra y en las cesiones de personal para su realización.
Se considera entrega de bienes la adjudicación de terrenos o edificaciones por una comunidad a los comuneros.
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