IAE: lugar de realización de las actividades en el supuesto de teletrabajo de los empleados (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)
Las superficies de los domicilios de los empleados de una empresa desde donde estos teletrabajan, no pueden tener la consideración de establecimientos a efectos de determinar el lugar de realización de las actividades, al no concurrir en dichas superficies la circunstancia de disponibilidad directa sobre las mismas, desde el punto de vista del sujeto pasivo prestador del servicio que se contempla.