Exigencia de audiencia previa en despidos disciplinarios anteriores al 18-11-2024 (RS 21/25 20 de Mayo de 2025 al 26 de Mayo de 2025)
A pesar de que el TS ha limitado la exigencia de audiencia previa a los trabajadores a los despidos disciplinarios acordados con posterioridad al 18-11-2024, el juzgado de lo social de Badajoz ha declarado la improcedencia, por falta de audiencia, de un despido disciplinario acordado con anterioridad, teniendo en cuenta los criterios sobre la aplicabilidad retroactiva de las resoluciones judiciales que implican un cambio de criterio y la necesidad de hacer una interpretación restrictiva de la excepción a la obligatoriedad de dicha audiencia.