Cómputo de las extinciones de mutuo acuerdo para los umbrales del despido colectivo (RS 44/23 31 de Octubre de 2023 al 06 de Noviembre de 2023)

El TS reitera que las extinciones voluntarias del contrato deben contabilizarse a los efectos de comprobar si se han superado los umbrales del despido colectivo, siempre que se hayan producido a iniciativa del empresario. Tienen esta consideración las extinciones por mutuo acuerdo que se producen dentro del mismo periodo de 90 días en el que la empresa despide a otros trabajadores en el contexto de un proceso de reducción global de plantilla previamente anunciada.