Despido disciplinario de quien obtuvo sentencia estimatoria de extinción indemnizada recurrida en suplicación (RS 37/20 08 de Septiembre de 2020 al 14 de Septiembre de 2020)

Habiéndose recurrido en suplicación la sentencia estimatoria de la extinción judicial indemnizada solicitada por el trabajador, si se produce un despido disciplinario que no es impugnado, la relación laboral queda definitivamente extinguida en la fecha del despido, imposibilitándose todo pronunciamiento sobre la extinción por falta de acción. Resulta irrelevante, el mantenimiento de una medida cautelar que permitía la suspensión de la prestación efectiva de servicios, pues no era un obstáculo para sostener que la relación estuvo viva hasta la fecha del despido. La trabajadora pudo instar una eventual ampliación de la demanda para acumular la impugnación del despido a su demanda, lo que hubiera permitido un pronunciamiento sobre ambas acciones.