Consideración como suplidos de gastos soportados en la realización de una actividad sujeta (RF 09/21 02 de Marzo de 2021 al 08 de Marzo de 2021)
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Los consumos en los establecimientos visitados en una actividad de rutas gastronómicas tienen la consideración de suplidos, por lo que no son deducibles las cuotas repercutidas por estos al sujeto pasivo.