Cómputo de los periodos de inactividad entre contratos temporales a efectos del complemento de antigüedad (RS 01/23 03 de Enero de 2023 al 09 de Enero de 2023)
A efectos del complemento de antigüedad, no se incluyen los periodos de inactividad en relación a servicios no prestados efectivamente a través de diferentes modalidades de contrato temporal, no produciéndose por ello discriminación en relación con los fijos discontinuos porque en tales casos entre contrato y contrato temporal no existe relación laboral alguna.