Beneficios fiscales en el ITP y AJD

Se introduce una exención en el ITP y AJD para las adjudicaciones y transmisiones de la propiedad o del derecho de usufructo de bienes, que sean consecuencia de la ejecución de sentencias derivadas de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LO 1/2004).