Alcance del requisito de beneficiario efectivo en la exención de intereses obtenidos por residentes de la UE (RF 44/25 28 de Octubre de 2025 al 03 de Noviembre de 2025)

La exención aplicable a los intereses obtenidos por residentes en otro Estado miembro de la UE se aplica sin exigir que el perceptor sea el beneficiario efectivo de dichos intereses, dado que la norma interna no contempla tal requisito, y la Directiva 2003/49/CE, que sí lo establece, no ha sido transpuesta en este aspecto al ordenamiento español, salvo que se acredite abuso mediante los mecanismos legales previstos.