Actualización de las pensiones derivadas de actos de terrorismo (RS 04/22 25 de Enero de 2022 al 31 de Enero de 2022)
Las pensiones extraordinarias del sistema de Seguridad Social originadas por actos de terrorismo deben ser actualizadas en los mismos términos y condiciones que los previstos para las pensiones contributivas no concurrentes. No obstante, no están sujetas a los límites previstos con carácter general ni se computa su importe a los efectos de la aplicación de los mencionados límites en los supuestos de concurrencia, en una misma persona titular, de otras pensiones públicas. En el caso de pensiones del régimen de Clases Pasivas, se actualizan en los términos previstos para este sistema