Servicios de psicoterapia por videoconferencia a no residentes (RF 23/25 03 de Junio de 2025 al 09 de Junio de 2025)

Los servicios de psicoterapia prestados por un terapeuta por videoconferencia no tienen la condición de servicios electrónicos; no se les puede calificar como asesoramiento, por lo que se entiende realizados en sede del prestador y, solo en caso de que tengan finalidad terapéutica, de diagnóstico y prevención o tratamiento de una enfermedad, estarían exentos.