Servicios de catering y entrega de comidas a domicilio (RF 29/24 16 de Julio de 2024 al 22 de Julio de 2024)

La simple entrega de los recipientes, cubiertos o servilletas para el consumo no supone la existencia de una prestación de servicio auxiliar para el consumo inmediato del producto, lo que supone que deba ser considerado como entrega de bienes.

Tipo impositivo. Suministro de comidas y prestaciones de servicios a personas dependientes

Las operaciones de suministro de comidas para personas con limitaciones en su autonomía por personal contratado (dependencia) tienen la consideración de entregas de bienes, por lo que no tributan al del 4%, ya que este es aplicable, exclusivamente, a las operaciones que tengan la consideración de prestaciones de servicios.

Nuevas reglas de localización de los servicios en el IVA; aplicación del Reglamento UE/282/2011

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 51. Mayo 2011 Esther Pérez Cantero Inspectora de Hacienda del Estado 1. ANTECEDENTES   El artículo 397 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo (en adelante «la Directiva IVA») dispone que «el Consejo por unanimidad […]

Bruselas al trimestre: Comentarios al Reglamento de Ejecución (UE) núm 282/2011 del Consejo de la Unión Europea

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 49. Marzo 2011 Antonio Victoria Sánchez Licenciado en Derecho El presente artículo, así como cualesquiera opiniones o puntos de vista contenidos en él, son puramente personales del autor y no reflejan ni comprometen, por […]