Se realizan determinados ajustes en el régimen fiscal de cooperativas de Bizkaia para compatibilizar la nueva normativa sustantiva de las cooperativas y su tratamiento tributario.
Se modifica el régimen fiscal de cooperativas de Bizkaia para adecuar su regulación a la Ley de Cooperativas de Euskadi. Asimismo, destaca la redefinición de una de las circunstancias que conlleva la pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida para el supuesto de cooperativas protegidas que participan en sociedades holding.
Se crea una compensación para el fomento de la implantación por microempresas, pequeñas y medianas empresas de TicketBAI y del cumplimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
Se incorporan novedades en relación con las sociedades patrimoniales, la corrección de la doble imposición en rentas obtenidas por la transmisión de la participación en entidades, la consideración de microempresa, pequeña y mediana empresa, la pérdida por deterioro de valor de elementos patrimoniales, las operaciones vinculadas, las exenciones, las deducciones y los regímenes especiales.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2018, se establece un nuevo marco normativo fiscal para las sociedades cooperativas, en sustitución del vigente.
Se aprueba en Bizkaia el modelo 218 de pagos fraccionados para los contribuyentes que deben presentar autoliquidación por el IS o el IRNR en Bizkaia, en función de su volumen de operaciones y están sometidos a normativa común, y el modelo 218 para los grupos fiscales.
Se aprueban el modelo 203 de pago fraccionado a cuenta del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 223 para contribuyentes que tengan la consideración de grupos fiscales, incluidos los de cooperativas.
Se aplica a las cooperativas de reducida dimensión el límite del 70% para la compensación de bases imponibles negativas y se establece un pago fraccionado
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, además de alguna modificación de carácter técnico en el régimen especial de las IIC, se introducen novedades en los régimenes especiales de las AIE españolas, consolidación fiscal y cooperativas
Se aprueban en Bizkaia los modelos 218 y 222 de pagos fraccionados, para los contribuyentes y grupos fiscales (incluidos los de cooperativas), respectivamente, que deben presentar autoliquidación por el IS o el IRNR en Bizkaia, en función de su volumen de operaciones y están sometidos a normativa común.