Recargo de apremio e IVA diferido a la importación (RF 50/23 12 de Diciembre de 2023 al 18 de Diciembre de 2023)
El recargo de apremio es exigible en este caso porque el contribuyente realiza el ingreso una vez recibida la notificación de ese acto. Según la jurisprudencia establecida por el TS, si lo hubiera realizado antes, no habría lugar a ese recargo de apremio.