Prueba del abono del salario cuando se realiza en metálico o en negro (RS 36/23 05 de Septiembre de 2023 al 11 de Septiembre de 2023)
Acreditada la prestación de servicios, es el empresario el que tiene que demostrar que ha abonado el sueldo a sus trabajadores o que no había obligación de hacerlo. En caso de que el pago se hubiera realizado en metálico, puede aportar el preceptivo recibo de cobro firmado por el trabajador que ha de obrar en su poder. Y si hubiera abonado el salario en dinero negro y de forma oculta, también es quien debe probar el pago, por los medios que fuere.