Prohibición de extinguir el contrato y de despedir en base a ERTE COVID-19 por fuerza mayor y causas ETOP (RS 21/21 25 de Mayo de 2021 al 31 de Mayo de 2021)
Se mantiene hasta el 30-9-21 la medida por la que la fuerza mayor y las causas ETOP en las que se basan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en el
RDL 8/2020 art.22 y 23
, no pueden ser justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.