Posibilidad de requerir el informe de una due diligence (RF 04/26 20 de Enero de 2026 al 26 de Enero de 2026)

La Administración tributaria puede requerir la aportación de los informes de due diligence sin necesidad de justificar expresamente la trascendencia tributaria de la información solicitada, pues de dicho documento se deduce la trascendencia tributaria de las circunstancias patrimoniales del obligado tributario de las que se desprende una determinada capacidad económica.