Se adapta la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes.
Se incorporan al Concierto el Impuesto Complementario, el Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco. Por otra parte, se amplía el ámbito de competencias normativas de que disponen las Diputaciones Forales en determinados impuestos. Además, se introducen algunas mejoras técnicas en el texto del Concierto.