Nulidad de la cláusula de un convenio colectivo que impone de restricciones a la utilización de ETT (RS 40/24 01 de Octubre de 2024 al 07 de Octubre de 2024)

Se declara nula la disposición del convenio colectivo que impide a las empresas utilizar los servicios de las ETT en determinados supuestos, por no acreditar razones de interés general que justifiquen estas limitaciones y ser contraria al ordenamiento jurídico. La asociación empresarial está legitimada para impugnar el convenio colectivo, ya que no hace falta acreditar el daño efectivamente causado, bastando con que la demanda por lesividad esté fundada fáctica y jurídicamente.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]