Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025, que no hayan concluido el 5-2-2026, se amplía la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta potencia en los términos establecidos en la Directiva relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (
Dir 2014/94/UE art.2
), que estén afectas a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en el año 2026.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024, y que no hayan concluido el 28-6-2024, se transforma la amortización acelerada existente en libertad de amortización.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2023 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
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