Medidas de protección de los trabajadores afectados por los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gélida (RS 05/26 27 de Enero de 2026 al 02 de Febrero de 2026)

Se prohíbe a las empresas sancionar por faltas de asistencia o puntualidad a los trabajadores afectados por los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba), de 18-1-2026, y Gélida (Barcelona), de 20-1-2026, o por las alteraciones del servicio vinculadas a ellos. A tal efecto, las compañías ferroviarias deben facilitar justificantes acreditativos de las incidencias que hayan provocado alteraciones en la prestación del servicio.