Los órganos de gestión están facultados para reconocer y comprobar la procedencia de los beneficios e incentivos fiscales (RF 21/24 21 de Mayo de 2024 al 27 de Mayo de 2024)
La LGT no establece ninguna incompatibilidad ni exclusión para la comprobación de los beneficios fiscales y devoluciones tributarios por parte de los órganos de gestión, sino que, al contrario, establece la compatibilidad a estos efectos entre actuaciones de gestión e inspección.