Novedades en el impuesto sobre depósito de residuos en vertederos, la incineración y coincineración como consecuencia de la DANA (RF 48/24 26 de Noviembre de 2024 al 02 de Diciembre de 2024)
A efectos de la exención por catástrofe se considera que la entrega en vertederos, o en instalaciones de incineración o de coincineración tanto de los residuos generados en las zonas afectadas por la DANA, como de los residuos de competencia municipal generados mientras dura el proceso de limpieza y recuperación y en tanto no se disponga de la infraestructura para su recogida, ha sido ordenada por las autoridades públicas.