Régimen de actuaciones realizadas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos que correspondan a la Dirección General de Tributos (RF 48/25 25 de Noviembre de 2025 al 01 de Diciembre de 2025)

Con entrada en vigor 2-12-2025 y aplicable cuando produzca efectos la resolución que dicte el Ministerio de Hacienda en desarrollo de la presente Orden, se establece el régimen de las actuaciones realizadas a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de aplicación de los tributos cuya tramitación corresponda a la Dirección General de Tributos y se prevé la aprobación del formulario y modelo de representación de carácter voluntario para dichos procedimientos.