Incidencia del arrendamiento de vivienda a una sociedad en el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda (RF 43/20 20 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020)

No puede aplicarse el régimen especial de arrendamiento de vivienda a los inmuebles arrendados a sociedades que las destinen a su vez al arrendamiento para personas físicas, al no tener por destino primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.