Incapacidad temporal en situación excepcional de confinamiento total por el coronavirus (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)
Las situaciones de imposibilidad de trabajar de los trabajadores que, habiendo sido desplazados de localidad por la empresa y presten servicios esenciales, debido a haber sido acordado el confinamiento de la población donde tenga su domicilio, no pueda realizar su trabajo de forma telemática por causa no imputable a la empresa o al propio trabajador, y no perciba prestación alguna, se le extenderá parte de baja por IT.