Imputación de gastos generales al determinar la exención por rentas obtenidas en el extranjero (RF 41/23 10 de Octubre de 2023 al 16 de Octubre de 2023)
Los gastos de dirección y generales de administración realizados para alcanzar los fines del establecimiento permanente, se imputan proporcionalmente a dicho establecimiento para calcular el rendimiento generado por las actividades realizadas en el extranjero a los que se aplica la exención, tanto si se efectúan en el Estado en que se encuentra el establecimiento permanente, como en otro lugar.