Modificación del modelo 190 (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Con la finalidad de disponer de una información más precisa que permita una mejor asistencia a los contribuyentes en la cumplimentación de su declaración del IRPF y la de simplificar trámites para el contribuyente, se modifican los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador y los ficheros que contengan la información que debe incluirse en el modelo 190.

Deducción en base imponible del exceso de impuesto satisfecho en el extranjero no deducible en la cuota íntegra (RF 49/25 02 de Diciembre de 2025 al 08 de Diciembre de 2025)

Para valorar si existe actividad económica, debe partirse de la definición de la normativa, por lo que el mero desplazamiento temporal de trabajadores desde España no implica necesariamente la existencia de una actividad económica en el extranjero.

Tributación de subvención concedida y no abonada (RF 48/25 25 de Noviembre de 2025 al 01 de Diciembre de 2025)

Si la subvención es no reintegrable, la imputación a la cuenta de resultados, y por tanto a la base imponible, debe efectuarse según los criterios contables, aunque no se haya cobrado.